Micelio
Auto25 de octubre de 2017

A- de 2017

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Alvaro Ricardo Bermudez Picon·Demandado Municipio De Rionegro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Factor territorial
  • Competencia a prevención
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Civil Municipal de Rionegro (Antioquia) y el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Soacha.

Considera la Corte que la autoridad judicial que debe resolver la acción de tutela es aquella a la cual se repartió en un primer momento, esto es, la del municipio de Rionegro, no sólo porque fue el elegido a prevención por el actor, sino porque tiene competencia territorial.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente a dicho despacho judicial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 14 de julio de 2017 proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Rionegro, dentro de la acción de tutela formulada por el apoderado de la empresa Industrias Martinicas El Vaquero S.A.S. en contra del Municipio de Rionegro.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3033 al Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Rionegro, que contiene la acción de tutela presentada el apoderado de la empresa Industrias Martinicas El Vaquero S.A.S., para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
  6. Cuarto. Civil Municipal de Soacha la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.